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El Parlamento europeo



El Parlamento Europeo es la asamblea parlamentaria y único parlamento plurinacional elegido por sufragio universal directo en el mundo. Sus miembros se eligen cada cinco año por todos los ciudadanos de los países de la UE.

Aunque fue fundado sólo como una asamblea consultiva, los poderes legislativos del parlamento fueron aumentados a raíz del del Tratado de Maastricht (1992). En la actualidad, ostenta, junto al Consejo Europeo, el poder legislativo de la Unión. Así, corresponde a la “Asamblea” que figura en los Tratados.

1- Elección

    • Mediante sufragio universal directo por los ciudadanos cada 5 años.
    • Máximo de 750 diputados.
    • Cada país miembro
    • Tiene un mínimo de 6 diputados.
    • Como máximo 96 escaños.

    2- Sede

    • Repartida entre Bruselas, Luxemburgo y Estrasburgo.

    3- Funciones

    • Organismo de carácter deliberante, en la que la función legislativa la realiza de manera aproximada.
    • Tras el Tratado de Lisboa el Parlamento Europeo ejerce junto con el Consejo de Ministros:
    • Función Legislativa.
    • Funciones Presupuestarias.
    • Representación de los ciudadanos de los estados miembros.
    • Funciones de control y supervisión democrática:
    • Control de la Comisión
    • Aprueba o rechaza nombramientos.
    • Examina los informes de la comisión.
    • Puede censurar a la comisión.
    • Supervisión del Consejo:
    • Supervisa el trabajo del Consejo.
    • Examina peticiones de los ciudadanos, pudiendo establecer comisiones de investigación.
    • Función Normativa
    • Aprobación compartida con el Consejo (Codecisión) de la legislación comunitaria.
    • Comité de Conciliación: En caso de desacuerdo para una propuesta entre el Consejo y el Parlamento, se reúnen un mismo número de representantes de ambos estamentos para aprobarlo.
    • Función Presupuestaria
    • Decide el presupuesto anual de la UE conjuntamente con el Consejo. Este se aprueba tras dos lecturas consecutivas y no entra en vigor hasta que el Presidente del Parlamento lo aprueba.

    4- El Acta Única de 1987 constituye la primera ampliación del poder legislativo del Parlamento Europeo:

    • “Procedimiento de Cooperación”:Derecho a la realización de una segunda lectura de la legislación con posibilidad de proponer enmiendas.
    • Derecho de veto a los tratados firmados por la Comunidad unicamente en temas de ingreso o asociación de un estado

    5- El tratado de Lisboa

    • Aumenta los poderes del Parlamento en los ámbitos:
    • Legislativo
    • Presupuestario
    • Aprobación de acuerdos internacionales.
    • Modificó el número de diputados de 751 a 760.
    • Establece un modelo de reparto de escaños basados en proporcionalidad regresiva(A países mas poblados, mayor número de representantes, comprendido entre 6 y 96)

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